sábado, 8 de octubre de 2022

La estructura política durante el siglo XVIII en Venezuela

Barcos Españoles

 En la segunda mitad del siglo XVIII el territorio venezolano se encontraba organizado en seis prvincias, a saber:

  • Margarita, Trinidad y Cumaná, en el Oriente
  • Caracas, en el Centro.
  • Guayana, en el Sur.
  • Maracaibo, en el Occidente.

Al frente de cada una de las provincias había un funcionario político y militar con el titulo de Gobernador y Capitán General, nombrado directamente por el Rey.

La administración fiscal de cada provincia estaba a cargo de Tenientes Oficiales en las ciudades y villas del interior. En cuanto a la administración de justicia, la ejercía en primera instancia el Gobernador, los Alcaldes, y los Tenientes de Justicia. De la segunda instancia se encargaban tribunales superiores llamados Audiencias.

En las provincias venezolanas no hubo Audiencias hasta finales del siglo XVIII y las apelaciones había que hacerlas ante Audiencias que estaban fuera del país.

Unificación de las naciones:

En 1776 se inició el proceso de unificación de las provincias venezolanas. El 8 de diciembre de ese año el Rey decretó la creación de la Intendencia de Ejército y Real Hacienda de Caracas.

La Capitanía General:

La segunda medida unificadora y la más importante por su trascendencia histórica; fue la creación de la Capitanía General el8 de septiembre de 1777. En esa fecha el Rey de España dispuso que las seis provincias venezolanas quedaran bajo la autoridad política, gubernativa y militar del Gobernador y Capitán General de la provincia de Caracas. Como consecuencia de esta medida las provincias que hasta entonces habían sido independientes entre sí, quedaron unidas y sujetas a la autoridad del Capitán General residenciado en Caracas.

El Capitán General:

Fue la más alta autoridad colonial en Venezuela. Ejercía el gobierno como representante del Rey. Su autoridad se extendía a las provincias de Caracas, Cumaná, Maracaibo, Guayana, Margarita y Trinidad, cuyos gobernadores pasaron a ser subordinados suyos. Actuaba como juez de primera instancia en lo civil y criminal. Presidía el Cabildo. Ejercía importantes funciones en la organización de la iglesia y en la inspección del cobro de impuestos. Cuando se creó la Audiencia, en 1786, el Capitán General pasó a ser Presidente nato de aquel alto tribunal, con el cual compartió ciertas funciones de gobierno. El Capitán General estaba controlado por dos instituciones coloniales características: las visitas y los juicios de residencia.

Las visitas eran practicadas en cualquier momento por funcionarios enviados por el Rey con el objeto de informarse de la marcha del gobierno.

Los juicios de residencia eran procesos judiciales a los cuales quedaban sometidos los capitanes generales al concluir su gobierno.

En estos juicios se ventilaban las quejas y abusos en que hubieran incurrido los funcionarios durante su gobierno. El Capitán General duraba siete años en sus funciones.

Evolución de la Capitanía General:

  • A partir de 1777 la Capitanía General sufrió alteraciones en su división político-territorial.
  • En 1786 se creó la Provincia de Barinas con territorios de la de Maracaibo.
  • En 1797, Trinidad fue ocupada por Inglaterra y desde entonces pasó a ser colonia de ese país.

Después del 19 de abril de 1810, surgieron nuevas provincias: Barcelona, Mérida y Trujillo.

De tal manera que, cuando se instaló el Primer Congreso de Venezuela, en 1811, el territorio se encontraba dividido en nueve provincias: Barcelona, Barinas, Caracas, Cumaná, Guayana, Maracaibo, Margarita, Mérida y Trujillo.

De estas provincias, siete se sumaron al movimiento de independencia y concurrieron al Primer Congreso: fueron las de Barcelona, Barinas, Caracas, Cumaná, Margarita, Mérida y Trujillo (simbolizadas en las siete estrellas del pabellón nacional).

Las provincias de Guayana y Maracaibo siguieron bajo el dominio español hasta 1817 y 1821, respectivamente, cuando fueron incorporadas a la República.

De la Capitanía General a la nación venezolana:

El territorio que en 1810 formaba la Capitanía General, pasó a ser el de la República de Venezuela, en virtud del utti possidetis, principio de derecho público hispanoamericano según el cual las naciones surgidas de las antiguas colonias de España consideran como su territorio el que ya se tenían organizado políticamente durante la colonia.

Este principio fue recogido por primera vez en nuestra Constitución de 1830, cuyo artículo 5 dice textualmente:

“El territorio de Venezuela comprende todo lo que antes de la transformación política de 1810 se denominaba Capitanía General de Venezuela”.

Desde entonces aparece en nuestras constituciones hasta hoy. La Constitución Bolivariana de Venezuela vigente, en su artículo 10, lo expresa así:

“el territorio y demás espacios geográficos de la República son los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales no viciados de nulidad”.

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